Los pagos a cuenta constituyen un sistema que facilita la exacción y control de los tributos y permite que el Erario Público disponga regularmente de la liquidez necesaria durante todo el año y no solo en los periodos regulares de pago de los tributos. Entre los pagos a cuenta del IRPF se distinguen las retenciones e ingresos a cuenta y los pagos fraccionados. La diferencia fundamental entre ambos radica en que en los pagos fraccionados es el propio contribuyente del IRPF quien está obligado a realizarlos, mientras que en las retenciones e ingresos a cuenta la obligación se impone legalmente a un tercero (el retenedor) con ocasión del pago de rentas sujetas al impuesto que este realice al contribuyente.
Así, la retención a cuenta impone a ciertas personas la obligación de retener un importe de lo abonado al contribuyente, cuando se abonen rentas en metálico sujetas al IRPF, o de practicar un ingreso a cuenta, cuando se trate de rentas en especie.
Cada fuente de renta sujeta al IRPF tiene su propio régimen de retenciones e ingresos a cuenta. La regulación de las retenciones sobre rendimientos del trabajo en el IRPF es exhaustiva, lo cual es indudable consecuencia del volumen recaudatorio que alcanzan y de la generalidad de su aplicación. Esta regulación trata de conseguir una finalidad esencial para la gestión del IRPF: ajustar el importe de las retenciones a cuenta con la cuota tributaria del IRPF que corresponda al contribuyente, de forma que el resultado a ingresar o devolver de su autoliquidación (la cuota diferencial) sea lo más cercano a cero posible.
En esta jornada intensiva vamos a abordar exclusivamente el análisis de las retenciones e ingresos a cuenta de los rendimientos del trabajo derivados de relaciones laborales. Analizaremos así, en primer lugar, los presupuestos de la obligación de retener, su devengo e imputación temporal y las reglas existentes para la determinación de su importe. Después abordaremos las especialidades que presenta esta obligación cuando se trata de rentas en especie y supuestos de movilidad internacional, las incidencias que puede plantear cuando la retención no se practica adecuadamente, y finalmente, cerraremos con las obligaciones formales que recaen tanto sobre la empresa como sobre el empleado, así como el régimen sancionador establecido para el incumplimiento de estas obligaciones.
Abogados, economistas, asesores laborales, graduados sociales, Gestores de empresas, técnicos de personal, trabajadores, etc. Muy recomendado para recién titulados y estudiantes de las ramas de Derecho, Administración de Empresas, Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
El programa formativo se compone de los siguientes bloques:
1.1. Rentas sujetas a retención
1.2. Obligados a retener e ingresar a cuenta
1.3. Mediación en el pago de una renta
3.1. Procedimiento general
3.2. Tipo mínimo de retención
3.3. Regularización del tipo de retención
3.4. Tipos fijos de retención
3.5. Procedimiento especial para perceptores de prestaciones pasivas
3.6. Solicitud de tipos de retención superiores
4.1. Presupuestos de la obligación de retener
4.2. Cálculo de la retención a cuenta del IRNR
5.1. Introducción
5.2. Importe del ingreso a cuenta
5.3. Acuerdos previos de valoración
6.1. Trabajadores que van a adquirir la condición de contribuyentes del IRPF consecuencia de su desplazamiento a territorio español
6.2. Trabajadores que van a adquirir la condición de contribuyentes del IRNR consecuencia de su desplazamiento fuera del territorio español
7.1. Naturaleza autónoma de la obligación de retener
7.2. Retenciones no practicadas o practicadas en defecto
7.3. Reclamación de la retención no practicada al trabajador
7.4. Impugnación de un acto de retención
8.1. Comunicación de datos del trabajador a su empleador
8.2. Modelos
9.1. Empleador
9.2. Trabajador: falta comunicación o comunicación errónea de datos al pagador
La formación se recibe de manera online a través de nuestra plataforma formativa que tenemos instalada en la web. Al alumno se le da una clave y una contraseña para que pueda acceder a los materiales y prácticas que se vayan indicando.
Se entregará un Certificado acreditativo de la realización del Curso a aquellos alumnos que realicen las prácticas propuestas por el profesor.
La documentación que se facilitará para el estudio del curso está elaborada por expertos profesionales en la materia. Su cuidada elaboración y permanente actualización convierten el material de estudio en una valiosa herramienta durante el desarrollo de la acción formativa y su posterior actividad profesional.
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Ángel Ureña Martín
Soy un letrado laboralista apasionado por el Derecho Laboral, director de este blog y colaborador habitual en varios portales jurídicos. Saber más
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