Por esta razón, hemos visto conveniente confeccionar una interesante jornada que lleva por nombre “Últimas reformas en el ingreso mínimo vital”, por ser una temática interesante para el operador jurídico.
Como bien sabemos, el convenio colectivo es un instrumento con una vigencia determinada que puede amoldarse mediante otro nuevo convenio debido a las cambiantes circunstancias económico y sociales que surjan. Es decir, la temporalidad del convenio colectivo “constituye así una garantía de eficacia para su función específica de regulación y ordenación de las relaciones laborales, facilitando su adaptación a las cambiantes circunstancias en las que se desarrolla la actividad productiva-la negociación colectiva como sistema flexible de trabajo a los cambios económicos, sociales y organizativos”. Esta característica lo observamos en la práctica en la totalidad de los convenios colectivos, dado que establecen una duración determinada breve para así poder adaptarse a las circunstancias cambiantes.
BREVE RESUMEN
Estudiamos hoy un tema jurídico nuevo. Analizamos el preaviso en la dimisión voluntaria del trabajador, su concepto, su importante relación con el principio de buena fe, su parca regulación en el Estatuto de los Trabajadores y su remisión a los convenios colectivos, entre otras materias.
REGULACIÓN LEGAL
El artículo 49.1.d del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (TRET en adelante) afirma que “El contrato de trabajo se extinguirá por voluntad del trabajador debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.” El precepto es clarísimo y configura el preaviso como una condición sine qua non para que la extinción sea correcta. No obstante, a pesar de su claridad, no regula mucho más y se remite a la negociación colectiva para ello.
COMENTARIO: El fundamento del preaviso es la necesidad del empresario de saber la baja de uno de sus trabajadores, para poder tener capacidad de reacción y que la producción se vea afectada lo menos posible.
Por esta razón, hemos visto conveniente confeccionar una interesante jornada que lleva por nombre “Trabajo a distancia: cuestiones pendientes y propuestas para su mejora”, por ser una temática interesante para el operador jurídico.
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Ángel Ureña Martín
Soy un letrado laboralista apasionado por el Derecho Laboral, director de este blog y colaborador habitual en varios portales jurídicos. Saber más
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