Venimos con una nueva pregunta de un lector al que nuevamente agradezco su participación. Intento responder a la máxima brevedad dados los compromisos laborales para que tengáis la respuesta lo más rápidamente posible. La pregunta que me planteaba el lector es la siguiente: Buenas tardes, quería que me explicará cual es el significado del derecho preferente al reingreso del trabajador en los casos de excedencia voluntaria. Muchísimas gracias y enhorabuena por su gran portal.
RESPUESTA A LA CUESTIÓN PLANTEADA
Primeramente darle las gracias por su opinión acerca del portal, se lo agradezco mucho pues me ayuda a trabajar con más esfuerzo y ahínco. Respecto a su consulta, efectivamente el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores nos dice que el trabajador excedente voluntario solo conserva un derecho preferente al reingreso, condicionado a la existencia de vacantes de igual o similar categoría a la suya.
Nos viene a decir que el trabajador conserva un derecho que denominamos potencial o expectante, puesto que se condiciona a la existencia de vacante en la empresa, y no un derecho incondicional que se pueda ejercitar de manera inmediata en el momento en que el trabajador expresa su voluntad de reingresar a la empresa.
Si bien esta es la regla general, tenemos que tener en cuenta dos aspectos:
1) Puede ser modulado por la negociación colectiva, es decir, el convenio colectivo puede transformarlo en un derecho absoluto, en una preferencia absoluta, primando el derecho del excedente sobre cualquier otro posible aspirante a la cobertura de la plaza.
2) como caso particular, el artículo 7 del Real Decreto 519/2006 señala que en el caso de relación laboral de cooperantes enviados en misión internacional por la misma entidad para que prestaban servicios en España, el trabajador pasará a la situación de excedencia voluntaria, pero <teniendo derecho a la reserva de su puesto de trabajo de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores>.
Dado que la excedencia voluntaria es un tema que da para mucho por la cantidad de cuestiones que suscita, a lo largo del día subiré este tema jurídico precisamente para que pueda leerlo pausadamente y tenga unas buenas nociones de la figura. Muchas gracias, estoy a su disposición para cualquier cuestión que le suscite duda.
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