¿Un trabajador bajo un régimen a turnos y que esté realizando unos estudios universitarios oficiales puede encontrarse con la negativa de la empresa ante la solicitud de adhesión a un turno concreto?, muchas gracias de antemano. Un saludo.
RESPUESTA A LA CUESTIÓN PLANTEADA
Estimado lector, respecto a la consulta que me formula, hemos de analizar el artículo 23.1.a) del Estatuto de los Trabajadores que establece que el trabajador tendrá <preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional>.
Por tanto, claramente vemos como el precepto garantiza el derecho del trabajador a elegir el turno cuando, por un lado, exista un régimen de trabajo a turnos; y cuando, por otro, se cursen con regularidad estudios que permitan la obtención de un título académico. Dos requisitos legales que condicionan el derecho a la elección de turno: la existencia de un régimen de trabajo a turnos y la necesidad de cursar estudios.
En relación a este último, no es suficiente con estar matriculado en un centro académico, sino que se debe asistir con regularidad a las clases formativas. Y en relación al primero se reconoce el derecho de elección de turno cuando en la empresa exista un régimen de trabajo a turnos, independientemente de que éstos sean de adscripción permanente o rotatorios.
Por tanto y concluyendo, si no existen razones empresariales que lo justifiquen, el trabajador tiene derecho a la elección de turno para poder proseguir de una forma regular sus estudios oficiales.
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