Buenos días, quería hacerle una consulta sobre un problema laboral que tengo. En mi empresa me ofrecen extinguirme el contrato por mutuo acuerdo y me dan una indemnización superior a la que tendría derecho. Me dicen que si acepto no me sellan el paro y si no que antes o después me despedirán, pagándome menos por tanto. ¿Qué me recomienda como experto hacer? Gracias.
RESPUESTA A LA CUESTIÓN PLANTEADA
La empresa ni mucho menos te está dando un despido incentivado, sino un importe por extinguir tu contrato basándose en el artículo 49.1.a del Estatuto de los Trabajadores: “El contrato de trabajo se extinguirá: a) Por mutuo acuerdo de las partes.”.
Por esta razón te dicen que no te van a firmar los papeles del paro. Esto es así porque la prestación de desempleo protege en supuestos de extinción que impone la empresa, es decir, cuando existe un despido o cuando lo insta el trabajador en casos de incumplimientos graves del empresario (artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores).
Si aceptas su oferta, no vas a tener derecho a paro y solamente vas a recibir la cantidad que te proponga. En mi opinión, creo que debes calcular el período de paro que tienes derecho (un mes por cada cuatro trabajados) y comprobar después si la cantidad que te dan es mayor o no.
La “amenaza” de echarte si no aceptas su oferta implica un despido, permitiéndote cobrar el desempleo. A salvo que cometieras una falta muy grave y te despidieran disciplinariamente, como poco cobrarías la indemnización correspondiente al despido objetivo, que son 20 días por año trabajado.