Quería comentarle una duda que me abruma prácticamente. Trabajo para una empresa que se están cometiendo ciertos actos irregulares, sobre todo, retrasos en los pagos, de 1300 euros mensuales en dos meses me han pagado 200 y en b. He pedido mi contrato y me evaden e incluso me han dicho que me vaya de la empresa. No sé qué hacer a este respecto y me gustaría tener una orientación.
RESPUESTA A LA CUESTIÓN PLANTEADA
Buenos días, en relación a su consulta, comentarte que estos incumplimientos que me señalas son graves y, por supuesto, denunciables ante la Inspección de Trabajo. Lo primero que has de saber es si estás dado de alta ante la Seguridad Social, para saber si cotizan por ti.
Si no te han dado el contrato es que no has firmado nada. Aunque esto no es irregular (dado que los contratos pueden ser verbales) pero si que puede suceder que no haya habido comunicación de contratación al Servicio Público de Empleo de tu Comunidad Autónoma. Para aclarar esto, acude a la oficina de Empleo correspondiente y pregunta si consta allí tu contratación, y si te dan una respuesta afirmativa, pídeles una copia de tu contrato de trabajo, para al menos tener en tu poder dicha documentación.
Los hechos de no estar dado de alta ni de darte copia de tu contrato son hechos denunciables ante la Inspección de Trabajo, así como que no te estén pagando tu salario. Presenta un escrito ante la Inspección del Ministerio de Trabajo, dando información de los incumplimientos y aportando todas las pruebas que tengas. La inspección se reunirá con la empresa y si acredita los citados incumplimientos, sancionará a la empresa o obligará a la empresa a darte de alta a la Seguridad Social. Sobre todo, quédate con una copia sellada de la denuncia.
La única vía para reclamar salarios es la judicial. Se inicia con la llamada “papeleta de conciliación” donde constan tus datos, los de la empresa a la que se reclama, y los conceptos y cantidades que se piden. Este documento se presenta en la Oficina de Trabajo de la Comunidad Autónoma correspondiente a la provincia donde trabajes, donde te señalarán lugar y día para el “acto de conciliación”, al que se citará también a la empresa.
Si dicho día no se produce el pago, ya has de presentar una demanda judicial y será un juez quien dicte sentencia condenando a que se paguen las cantidades debidas. Si aun así, no se pagan, se genera un derecho de embargo a la empresa para poder cobrar.
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