Buenos días, una trabajadora de mi empresa que es administrativa ha tenido un accidente y está de baja por incapacidad temporal. Como la baja se presume larga, en vez de contratar a otra persona queremos que otro empleado de la empresa cubra sus tareas. El problema este que este trabajador que también es administrativo y son del mismo grupo profesional, pero sus funciones no son iguales puesto que la trabajadora hace tareas contables y el otro empleado realiza laborales de atención al cliente y relación con proveedores. ¿Podemos hacer este cambio o el trabajador se puede negar?
RESPUESTA A LA CUESTIÓN PLANTEADA
Como solución es perfectamente viable, salvo que el convenio colectivo no lo permita. Estaríamos ante un caso de movilidad funcional interna dentro del mismo grupo profesional (artículo 39.1 del ET). El cambio de funciones puede ser temporal (como es el caso que plantea) o definitivo.
Estos supuestos de movilidad funcional se encuentran dentro del poder de dirección empresarial (artículo 20 del ET), no pudiéndose negar el trabajador al cambio. Además, que la empresa decida de forma unilateral cambiar las funciones al trabajador, siempre que sean funciones correspondientes al mismo grupo profesional no está supeditada a justificación ni a razonamiento de ningún tipo.
Si que debe saber que si las nuevas funciones a realizar por el segundo trabajador le dan derecho a recibir una retribución superior, deberá pagarle en este sentido mientras dure el cambio de funciones. Pero es muy importante destacar que debe abonar al trabajador la retribución superior que marque el convenio para las funciones realizadas, es decir, esto significa que el sustituto no tiene por qué cobrar lo mismo que el sustituido (puede que éste perciba un salario más alto por acuerdo con la empresa, tener mayor antigüedad…).
Por su parte, si a las nuevas funciones les corresponde una retribución inferior, su trabajador deberá seguir cobrando la retribución que venía percibiendo (artículo 39.3 del ET).
Aunque puede comunicar este cambio de funciones de manera verbal, le recomiendo que lo haga por escrito y que informe al trabajador del cambio de funciones, explicando sus motivos y dejando claro que se trata de un cambio a otro puesto dentro de su mismo grupo profesional. Además, eche un vistazo al convenio colectivo puesto que algunos de ellos obligan por ejemplo a comunicar antes el cambio a los representantes de los trabajadores.
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