
En el ámbito de las contratas y subcontratas, la finalidad de la reforma, materializada en el nuevo art. 42.6 ET, es impedir el recurso a la externalización como mecanismo de reducción de los estándares laborales de las personas que trabajan para las empresas contratistas. Los excesos que en este ámbito se han venido produciendo, fruto en gran medida de las posibilidades que ofrecía la prioridad aplicativa de los convenios de empresa en materia salarial y la proliferación de empresas multiservicios, carentes de convenio colectivo sectorial de referencia, han incrementado sensiblemente la precariedad laboral. La reforma persigue revertir la situación para avanzar hacia la equiparación de condiciones de las personas trabajadoras subcontratadas y reforzar la responsabilidad de las empresas contratistas y subcontratistas.
Otro aspecto que la reforma viene a consolidar es el modelo exitoso sobre los ERTES que han ayudado a contener la destrucción del empleo y garantizar la estabilidad de muchos miles de puestos de trabajo. Se da luz nuevos a instrumentos de adaptación no traumática como el Mecanismo RED de flexibilidad y estabilización de empleo que puede resultar una excelente herramienta para enfrentarnos a los cambios que el sistema productivo va a vivir en los próximos años como consecuencia de la transformación digital. Dos apuestas por la conservación y no por la destrucción del empleo como medidas preferentes para enfrentarse a cualquier necesaria readaptación que exija ahora y en el futuro nuestro tejido productivo.
El abordaje de la reforma de algunos aspectos de la normativa existente en materia de negociación colectiva era una necesidad, como lo era también establecer mecanismos que moderaran los excesos oportunistas que se habían producido en los ámbitos empresariales de negociación. La reforma persigue evitar la degradación de condiciones laborales, la rebaja de calidad en la prestación de servicios y limitar la actividad de las empresas multiservicios. La apuesta por convertir el convenio de sector en un referente en lo salarial a través de la limitación de la prioridad aplicativa de los convenios de empresa, casa bien con las líneas de orientación procedentes de la Unión Europea. Tanto esta modificación como la resurrección de la regla clásica de conservación del convenio en situaciones de ultraactividad, son materias que también se analizan en la presente jornada.
La jornada pretende dar soluciones respecto de las diferentes dudas que la reforma suscita. Jornada de sumo interés para los profesionales del Derecho Laboral que deberán aplicar la nueva regulación en la gestión de los recursos humanos en la empresa.
La jornada se compone de los siguientes capítulos:
CAPÍTULO 1. EL CONVENIO COLECTIVO APLICABLE AL TRABAJO PRESTADO EN EL MARCO DE CONTRATAS Y SUBCONTRATAS
1. El régimen jurídico de las contratas y subcontratas. El cuento de nunca acabar.
2. Las nuevas reglas para identificar el convenio aplicable a la prestación de trabajo en contratas y subcontratas.
2.1. Situación anterior a la reforma del art. 42.6 del Estatuto de los Trabajadores.
2.2. Estudio de las reglas para determinar el convenio aplicable en base al nuevo art. 42.6 del Estatuto de los Trabajadores.
CAPÍTULO 2. EL NUEVO RÉGIMEN DE LA REDUCCIÓN DE JORNADA Y LA SUSPENSIÓN DE CONTRATOS. EL NUEVO MECANISMO RED
1. La apuesta por las medidas temporales de reestructuración para hacer frente a las crisis en la empresa.
2. Los erte por causas empresariales y por fuerza mayor en la nueva redacción del art. 47 del Estatuto de los Trabajadores.
2.1. Novedades en la regulación de los expedientes temporales de empleo.
2.2. Señas de identidad para un nuevo modelo de ERTE: el tiempo de trabajo, la flexibilidad, la formación de las personas trabajadoras y el apoyo económico.
3. Reducción de jornada y suspensión de contratos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
4. Reducción de la jornada y suspensión de los contratos de trabajo por fuerza mayor temporal.
5. Normas comunes a los ERTE por causas ETOP y a los ERTE por fuerza mayor.
5.1.Intensificación del control de los ERTE.
5.2.La flexibilidad en la gestión de los ERTE por causas ETOP o por fuerza mayor. Afectaciones y desafectaciones de las personas trabajadoras.
5.3.Limitaciones a las decisiones empresariales de contratación y de prestación de horas extraordinarias.
5.4. La formación de las personas trabajadoras en los ERTE.
5.5. Cotización y protección social durante el ERTE por causas ETOP y por fuerza mayor.
3. El mecanismo red de flexibilidad y estabilización del empleo.
1. El novedoso Mecanismo RED.
2. Los condicionantes económicos del Mecanismo RED.
3. Configuración, contenido y régimen jurídico del Mecanismo RED.
3.1. Modalidades y activación del Mecanismo RED
3.2. Tramitación de las medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos del Mecanismo RED.
3.3. Protección social de las personas trabajadoras afectadas por el Mecanismo RED.
CAPÍTULO 3. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA REFORMA LABORAL DE 2021
1. Fundamento de la reforma laboral de 2021 en materia de negociación colectiva.
2. El fin de la prevalencia del convenio de empresa en materia salarial.
3. La recuperación de la ultraactividad indefinida.
Por lo tanto, vemos todos los contenidos citados de manera extensa, con más de 100 páginas de materiales didácticos y prácticos, haciendo de la jornada una gran utilidad para toda persona que necesite estar al día de todas las novedades legislativas producidas hasta la fecha.
La duración de la jornada es de 2 meses y su precio es de 39 euros. Para alumnos y ex-alumnos de la escuela formativa el precio es de 25 euros. Si has sido o eres alumno, debes introducir el código promocional "ALUMNO", para aplicarte el precio más reducido.
Cualquier duda, consulta que queráis hacer, lo podéis hacer en la sección de contacto de la web. Si queréis matricularos lo podéis hacer en el formulario que aparece a continuación. Si veís que al indicar vuestros datos os pide de nuevo indicarlos, no lo tengáis en cuenta dado que los formularios llegan correctamente.