Por lo tanto, la negativa del trabajador a cumplir la orden de traslado constituye un incumplimiento grave y culpable por indisciplina o desobediencia en el trabajo, incumplimiento contractual que aparece previsto como justa causa de despido en el artículo 54-2 b) del Estatuto de los Trabajadores.
En definitiva, si no se esta conforme con la orden de traslado, debe ser impugnada pero no se puede decidir por sí mismo los derechos que pudieran asistirle.