Al mismo tiempo deberá solicitarse en la oficina de empleo española la expedición del formulario U2 para los países de la Unión Europea o el formulario E303 para los países de Islandia, Lietchestein, Noruega y Suiza. La inscripción como demandante de empleo deberá hacerse en un plazo de 7 días desde la autorización de la exportación de las prestaciones por desempleo.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el paro exportado?
- La exportación se autoriza por un periodo máximo de 3 meses, prorrogable durante otros tres en función del país. ¿Qué puede suceder?:
- Si en estos tres meses encuentra trabajo en el extranjero: se suspende o extingue la prestación por desempleo, tal y como sucedería si estuviera trabajando en España y cobrando el paro.
- Si no lo encuentra y vuelve antes de los 3 meses a España: podrá continuar cobrando el paro tal y como lo tenía reconocido antes de salir.
- Si no encuentra trabajo, pero se supera el periodo máximo de exportación y el trabajador no vuelve a España: se extinguen las prestaciones, es decir, pierde definitivamente el paro.