Según lo que nos cuentas, no se están cumpliendo los requisitos que marca la ley, puesto que desde la empresa deben dedicar un porcentaje de tu jornada no inferior al 25% durante el primer año ni inferior al 15% en los dos siguientes, en tu formación adecuada a la función que realizas, extremo que no se está produciendo.
Además, la ley marca para este contrato una duración delimitada entre seis meses y tres años improrrogables. Si llevas 5 años ya así, has excedido y en mucho el período máximo marcado por la ley y se presumiría que tu relación laboral se basa en un contrato indefinido. Si tu empresario te despide en base a la finalización del contrato temporal, puedas reclamar contra él una indemnización por despido improcedente equivalente a 45 días por año trabajado por el periodo anterior a Febrero de 2012 y 33 días por año trabajado por el tiempo posterior.
También veo irregularidades en referencia a los días de descanso puesto que el Estatuto de los Trabajadores proclama el derecho a un mínimo de un día y medio de descanso ininterrumpido, periodo que, por lo que nos indicas, no se te respeta. Este período que has trabajado y no has descansado es reclamable judicialmente como horas extraordinarias, del mismo modo que las vacaciones, que serán de un mínimo de 30 días anuales.
Si vemos tu jornada laboral ya el terror aumenta aun más. Trabajas 56 horas a la semana, excediéndose en 16 horas a la jornada laboral máxima semanal establecida por el Estatuto de los Trabajadores (artículo 14.1), sin contar ese período de jornada que no puedes trabajar sino que debe ir dedicado a la formación que te indicaba antes. Estas horas son reclamables también por vía judicial como horas extraordinarias, de la misma manera que lo serían las horas propiamente extraordinarias que dices que el empresario se niega a pagar.
Las vías que tienes disponibles frente a tu caso son dos: la demanda ante el juzgado de lo social y la denuncia a la Inspección de Trabajo.
La demanda tiene la finalidad de reclamar las vacaciones no disfrutadas, las horas extraordinarias y, en el caso de que se te hubiera despedido, la indemnización por despido improcedente fruto de tu contrato indefinido. De hecho también podrías reclamar las horas que trabajaste y debiste estar formándote como horas extraordinarias. El proceso sería a través de la presentación de una papeleta de conciliación en la Oficina de Trabajo de tu provincia, paso que precedería a la demanda en el Juzgado de lo Social.
La denuncia ante la Inspección de Trabajo tiene la finalidad de poner en conocimiento de la autoridad laboral todas las vulneraciones de los derechos laborales que están teniendo lugar, de cara a que esta compruebe la veracidad de esto y abra un procedimiento sancionador hacia la empresa.
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